Seguro de Vida para Conductores
El seguro de vida para conductores profesionales de MAPFRE busca asegurar a todas aquellas personas que conducen vehículos motorizados terrestres, cumpliendo además con la normativa que exige el Ministerio de Transporte sobre el transporte privado remunerado de pasajeros.
O si lo prefieres llámanos al
Si desea obtener más información del seguro de vida para conductores de transporte privado o público, comuníquese al 600 700 4000
Coberturas
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Muerte natural, accidental o por acto delictual
Contempla un capital de UF 600 en caso de fallecimiento del asegurado.
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Invalidez total y permanente 80%
Cubre un capital de UF 400 en caso de pérdida irreversible y definitiva a consecuencia de enfermedad, accidente o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales de a lo menos un ochenta por ciento (80%) de la capacidad de trabajo.
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Desmembramiento
Se pagará un capital de UF 600 en caso de producirse la pérdida total de funciones motrices o de los sentidos que impidan la conducción.
Beneficios y ventajas
Las ventajas del Seguro Vida Conductor de MAPFRE son:
Servicio de Atención al Asegurado
El Seguro Vida Conductor
Invalidez permanente
Cambiar de beneficiario
Pago al beneficiario
Fin anticipado al contrato
Condiciones generales
- La póliza contempla un capital de UF 600 en caso de fallecimiento del asegurado por causa natural, accidental, o por actos delictivos. El pago al beneficiario o beneficiarios se realiza en sólo acto, por su valor total y en dinero.
- El Seguro Vida Conductor también prevé un pago de UF 600 en caso de producirse la pérdida total de funciones motrices o de los sentidos que impidan la conducción del asegurado. En caso de invalidez permanente a consecuencia de enfermedad o accidente, el asegurado recibe un capital de UF 400. A estos efectos, se considera invalidez permanente la pérdida irreversible y definitiva de las fuerzas físicas o intelectuales de al menos un ochenta por ciento.
- Para la formalización del contrato, el cliente deberá declarar a MAPFRE todas las circunstancias que le sean solicitadas para identificar y apreciar la extensión de los riesgos; además, deberá informar sobre la existencia de otros seguros previos que cubran los mismos riesgos.
- Esta póliza cumple con la normativa que exige el Ministerio de Transporte sobre el trasporte privado remunerado de pasajeros.
- Las personas interesadas en obtener más información sobre el Seguro Vida Viajes de MAPFRE pueden acceder a las condiciones de la póliza a través de los enlaces que se encuentran en esta página.
Requisitos y restricciones
El Seguro Vida Conductor de MAPFRE contempla ciertos requisitos a valorar por el cliente. Tenerlos en cuenta es muy importante para que el tomador del seguro pueda decidir qué póliza de seguro de vida es la más adecuada en función de sus características y para que, posteriormente, pueda disfrutar de todas las ventajas de su seguro.
- Todos los asegurados deberán completar una Declaración Personal de Salud.
- El capital asegurado será pagado a los beneficiarios señalados en la forma y condiciones estipuladas, después del fallecimiento del asegurado, si este ocurre durante la vigencia de la póliza. Si el asegurado supera la fecha de vencimiento de la póliza, no habrá derecho a indemnización alguna.
- El asegurado podrá designar a una o más personas como beneficiarios del seguro. En el caso de que no se hubieran designado beneficiarios, la cuantía de la indemnización se pagará a los herederos legales del asegurado.
- La falta de pago de la prima producirá la terminación del contrato 15 días después de que este hecho sea debidamente comunicado por MAPFRE al asegurado.
- El seguro no cubre el riesgo de muerte si el fallecimiento del asegurado es causado por suicidio, automutilación, o autolesión, a menos que se acredite que el asegurado actuó totalmente privado de la razón, correspondiendo, en todo caso, a MAPFRE acreditar el hecho del suicidio.
- La cobertura no se aplica al fallecimiento del asegurado acaecido por la participación en cualquier tipo de acto delictivo. Tampoco cuando el acto delictivo es cometido, en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario que pudiera reclamar la indemnización.
- El seguro no cubre los riesgos causados por la participación del asegurado en actos terroristas. Tampoco en actos temerarios, experimentos o en actividades donde se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas.
- La póliza no cubre situaciones o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales enfermedades, dolencias o situaciones de salud diagnosticadas o conocidas por el asegurado o por quien contrata en su favor, con anterioridad a la contratación del seguro.
- El seguro no contempla la cobertura de la muerte del asegurado cuando se encuentre en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o alucinógenos. Estos estados deberán ser calificados por la autoridad competente.
- También quedan excluidos los percances sufridos en situaciones de guerra, invasión, los provocados por actos de enemigos extranjeros, y las hostilidades u operaciones bélicas.
Recomendaciones de uso
MAPFRE invita a sus clientes a que revisen de forma previa a la contratación los distintos tipos de seguros que ofrece, así como las coberturas, ventajas, beneficios y restricciones de cada uno de ellos. Los empleados de MAPFRE estarán siempre a su disposición para ayudarles a encontrar el seguro que más se ajuste a sus necesidades y a las de su familia.
El asegurado puede resolver todas sus dudas y encontrar amplia información sobre su seguro en la página web www.mapfre.cl. También en el teléfono del Servicio de Atención al Asegurado 600 700 4000, el 02 2 694 7566 desde celulares, y en las más de 40 oficinas MAPFRE repartidas por todo el territorio nacional.
El asegurado, al contratar esta póliza, estará obligado a declarar todas las circunstancias que solicite el asegurador para identificar y apreciar claramente la extensión de los riesgos. Deberá informar, además, a requerimiento del asegurador, sobre la existencia de otros seguros que haya podido contratar y que tengan el mismo objeto. Estas declaraciones deberán ser realizadas desde la absoluta buena fe del asegurado.
Si el tomador del seguro y el asegurado son personas distintas, corresponde al tomador el cumplimiento de las obligaciones del contrato, salvo aquellas que por su naturaleza deben ser cumplidas por el asegurado.
El asegurado podrá cambiar de beneficiario en cualquier momento que lo desee, a menos que la designación se hubiera realizado en calidad de irrevocable, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento del beneficiario, manifestado por escrito a MAPFRE.
Si el asegurado dejara de pagar la prima, MAPFRE rescindiría su contrato 15 días después de habérselo comunicado de manera formal. Se podría conceder un plazo de gracia de estar señalado en las condiciones particulares, contado a partir del primer día de cobertura no pagado, de acuerdo a la forma de pago convenida. Durante este plazo la cobertura permanece vigente. Si ocurriera un siniestro durante dicho plazo de gracia, se deduciría de la indemnización a pagar la prima vencida y no pagada.
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