Seguro de Transporte Internacional
terrestre (no cubre daños que puedan
sucederle a los medios
transportadores).
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Coberturas
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Cubre los daños
Cubre los daños que pueda tener la materia asegurada (no el vehículo) durante el traslado de esta en medios de transportes marítimos, aéreos y terrestres.
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Se puede aplicar una cobertura
Se puede aplicar una cobertura “Todo Riesgo” o una cobertura “Condiciones Restringidas” dependiendo del tipo de materia asegurada.
Beneficios y ventajas
Estas son las mayores virtudes de esta póliza de MAPFRE:
Todo riesgo
Este producto da la posibilidad al cliente de contratar un seguro a todo riesgo para tener cubiertos prácticamente todos los siniestros que surjan.
Versatilidad
- Marítimo, es el medio más utilizado y también el más económico para transporte de distancias largas. Su principal inconveniente es la lentitud, por lo tanto, no es el método más práctico cuando se transportan productos perecederos. Para artículos de gran valor en relación peso/volumen, por ejemplo vehículos, aparatos electrodomésticos, etc., es el medio menos costoso.
- Aéreo, es un medio muy rápido y seguro que, generalmente, requiere poco embalaje y con poco capital asociado a la mercancía; sin embargo, es la alternativa de transporte más cara. No obstante, puede ser muy rentable para transportar mercancía de poco volumen y mucho valor. Igualmente, es el más adecuado para productos perecederos, sobre todo si se trata de pocas cantidades.
- Terrestre, permite el transporte del producto directamente, del depósito del vendedor al comprador. Por lo general, este medio es bastante rápido y seguro y los precios varían mucho, dependiendo del destino y la empresa que provee este servicio.
Multimodal
Necesidades
Atención directa
Además, aprovecha las formas de contacto para resolver tus dudas o recibir atención directa con nuestros asesores de zona u oficinas, por medio de Internet y nuestra página web o por teléfono en el 600 700 4000 o en el caso de llamada desde celular 02 2 694 7566.
Condiciones generales
El seguro Transporte Internacional de MAPFRE está orientado a indemnizar pérdidas y/o daños que sufra la materia asegurada (equipos, maquinaria y mercadería general), durante su transporte, ya sea por vía marítima, aérea o terrestre. No obstante, no cubre daños que puedan suceder a los medios transportadores.
Estas son sus condiciones generales:
- La póliza cubre el transporte marítimo por avería gruesa, salvamento y gastos de salvamento, ajustados o determinados de acuerdo al contrato de fletamento y/o a la ley y/o a la costumbre chilena, según corresponda, incurridos para evitar o prevenir las pérdidas por cualquier causa, con excepción de las exclusiones que consigna este contrato.
- En el caso de transporte terrestre, el seguro está regido por el todo riesgo para tráficos transnacionales, que alcanza a indemnizar los daños materiales que sufran las mercaderías y los medios utilizados para embalarlas durante su carga, descarga o transporte por vía terrestre.
- Salvo pacto en contrario, la cobertura del seguro también comprenderá el depósito transitorio de las mercaderías y la inmovilización del medio transportador o su cambio durante el viaje cuando dichos eventos se deban a circunstancias propias del transporte y no hayan sido causados por algunos de los acontecimientos excluidos por la póliza.
- Este seguro cubre todo riesgo de pérdida o daño físico a la materia asegurada durante el transporte aéreo. La póliza permanecerá vigente durante el retraso fuera de control del asegurado, para cualquier cambio de ruta, descarga forzosa, reembarque o transbordo, así como para cualquier variación de la ruta que provenga del ejercicio de una facultad concedida a los armadores o fletadores bajo el contrato de transporte.
- Para productos perecederos es necesario contratar un contendor refrigerado, indicar claramente la temperatura correcta, y establecer los horarios, para evitar daño al producto.
- El asegurador debe cumplir lo siguiente:
- Disponer su pago o su liquidación de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de los Auxiliares de Comercio de Seguros y Procedimiento de Liquidación de Siniestros.
- Indemnizar en dinero el siniestro cubierto por la póliza en los términos, condiciones y límites establecidos en estas condiciones generales y en las condiciones particulares.
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