Seguro de vida colectivo para conductores
MAPFRE Chile ofrece a todos sus clientes el seguro de
vida colectivo para conductores, con el que las
empresas podrán asegurar a sus empleados
que conducen algún tipo de vehículo
motorizado terrestre.
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Conoce nuestro seguro
Coberturas
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Tarifas diferenciadas
Tarifas diferenciadas de acuerdo al número de personas que lo adquieran; ya sea en un plan individual o en un plan colectivo (sobre 10 personas), independiente del sexo del asegurado.
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Muerte natural, accidental o por acto delictual
Contempla un capital de UF 600 en caso de fallecimiento del asegurado.
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Desmembramiento
Se pagará un capital de UF 600 en caso de producirse la pérdida total de funciones motrices o de los sentidos que impidan la conducción.
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Invalidez total y permanente 80%
Cubre un capital de UF 400 en caso de pérdida irreversible y definitiva a consecuencia de enfermedad, accidente o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales de a lo menos un ochenta por ciento (80%) de la capacidad de trabajo.
Beneficios y ventajas
Con este producto, puedes obtener grandes ventajas que detallamos a continuación:
Flexibilidad en la duración y finalización
Asistencia médica telefónica
Servicio de Atención al Asegurado
Seguro Vida Conductor
Pago de igual cuantía
Apuesta por la tecnología y el futuro
Primer grupo asegurador
Condiciones generales
Esta póliza de vida de MAPFRE presenta las siguientes condiciones generales para su utilización y contratación:
- Las principales garantías de este producto abarcan la muerte natural, accidental o como resultado de un acto delictual con una indemnización de hasta 600 UF para los beneficiarios del fallecido. Por su parte, por desmembramiento se percibirá 600 UF, siempre y cuando el asegurado sufra la pérdida total de las funciones motrices o de los sentidos que permiten controlar las habilidades de conducción.
- Por último, cubre un capital de UF 400 en caso de pérdida irreversible y definitiva a consecuencia de enfermedad, accidente o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales de, al menos, un ochenta por ciento (80%) de la capacidad de trabajo o, lo que es lo mismo, invalidez total y permanente del 80%.
- Se considerará aseguradas a las personas que conforman un grupo, al ser miembros, trabajadores o contar con un vínculo contractual con la entidad contratante, y se encuentren señalados o definidos en las Condiciones Particulares de la póliza. Se pondrán incluir alrededor de 10 personas.
- Algunas exclusiones para la cobertura de fallecimiento serían suicidio, pena de muerte, conflictos bélicos, deportes arriesgados para la salud o por fisión, fusión nuclear o contaminación radioactiva.
- El asegurado deberá no tener intención de dolo y siempre proporcionará toda la información con la máxima veracidad posible, para que la aseguradora no tenga que suprimir su relación contractual o no deba negarse a pagar una indemnización por diferencias entre los datos proporcionados en los datos personales para la contratación y la realidad.
- El beneficiario decretado en la póliza siempre podrá ser modificado, mientras no haya sido designado de forma irrevocable. Por otro lado, la modalidad de pago deberá quedar sentenciada en las condiciones particulares, aunque luego puede sufrir modificaciones consensuadas.
- Cualquier comunicación, declaración o notificación que haya de hacerse entre la compañía y los asegurados o beneficiarios se hará por escrito, mediante carta certificada.
Requisitos y restricciones
Todo seguro tiene unas exclusiones y limitaciones; en este caso, te las detallamos a continuación:
- La falta de pago de la prima producirá la terminación del contrato 15 días después de que este hecho sea debidamente comunicado por MAPFRE al asegurado.
- Los límites para las indemnizaciones recibidas serán de UF 600 en el caso de muerte natural, accidental o por un acto delictual; el desmembramiento tendrá la misma indemnización. Será inferior para la invalidez total y permanente del ochenta por ciento (80%), ya que para esta situación se abonaría al asegurado un monto de UF 400.
- En la cobertura de fallecimiento y muerte accidental, los siguientes casos estarían restringidos o limitados:
- Suicidio, excepto que hubiera transcurrido un año completo e ininterrumpido desde la fecha de incorporación del asegurado, desde su rehabilitación o desde el aumento del capital asegurado. En éste último supuesto el plazo se considerará sólo para el pago del incremento del capital asegurado.
- Pena de muerte o por participación del asegurado en cualquier acto delictivo.
- Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario o quien pudiere reclamar la cantidad asegurada o la indemnización.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, con declaración de guerra o sin ella, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o hechos que las leyes califiquen como delitos contra la seguridad interior del Estado.
- A no ser que el contratante acepte un recargo de prima, la realización de una actividad o deporte riesgoso se excluirá de la cobertura. De dicha exclusión deberá dejarse constancia detallada en las Condiciones Particulares de la póliza.
- Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
Recomendaciones de uso
Para que obtengas el mayor rendimiento posible de esta póliza de seguro a continuación sigue algunos consejos de utilización:
- Facilita todos los datos personales que la compañía aseguradora necesite para calcular el riesgo, siempre desde la veracidad y la honestidad, puesto que si la aseguradora descubre algún dato que no se corresponde con la realidad, estaría en su derecho de rechazar el pago de indemnizaciones. Si vas a cobrar una indemnización como beneficiario, asegúrate de disponer del Certificado de Defunción, el de Nacimiento y los informes médicos del asegurado fallecido; sin la documentación anterior, no podrás exigir ningún pago.
- Llama si necesitas orientación o tienes alguna consulta para resolver dudas sobre tu seguro Vida Conductor Colectivo de MAPFRE. Lo puedes hacer de forma directa con nuestros asesores de zona o en nuestras oficinas, por medio de internet y nuestra página web o por teléfono en el 600 700 4000 o en el caso de llamada desde celular 02 2 694 7566.
- Asegúrate de que los datos personales que proporcionaste a MAPFRE son los correctos -especialmente si han cambiado- puesto que si sucede cualquier siniestro y se produce alguna anomalía documental la aseguradora no tendría obligación de abonar sus indemnizaciones por coberturas. Al igual que lo anterior, es importante que leas detenida y cuidadosamente las condiciones generales y particulares de la póliza, las coberturas, los montos, las exclusiones y el alcance de los beneficios de la póliza y las tengas en cuenta.
- Si hay cambios en tu situación actual, de dirección, nombre de empresa, etc. y, sobre todo, en lo que respecta tus empleados, comunícalo siempre a tu compañía, ya que este seguro les cubre a ellos. Si alguno ha finalizado su relación laboral con tu empresa, informa igualmente a MAPFRE; podrás ahorrarte la parte proporcional de la cuota.
- Tanto el contratante (es decir, tú mismo) como tus beneficiarios podéis solicitar el respectivo formulario de reclamación a MAPFRE para que, en caso necesario, podáis cumplimentarlo. Si es preciso, no dudes en solicitar ayuda a tu asesor.
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