Accidentes Personales Colectivo
Con el seguro de accidentes personales colectivo de MAPFRE Chile, tus empleados y tu empresa,
estarán asegurados económicamente
en caso de accidentes.
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Coberturas
-
A causa de un accidente
Todas coberturas a causa de un accidente, es decir, todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito que afecte al Asegurado.
La contratación de este seguro puede estar sujeto a condiciones de evaluación por parte de MAPFRE.
Condicionado POL 1.92.026
- Plan A: Muerte accidental.
- Plan B: Incapacidad permanente.
- Plan C: Indemnización diaria en caso de incapacidad temporal.
- Plan D: Reembolso de gastos médicos.
Condicionado POL 1.07.019
- Plan A: Muerte accidental.
- Plan B: Incapacidad permanente.
- Plan C: Desmembramiento.
- Plan D: Reembolso de gastos médicos.
- Plan E: Gastos Funerarios.
Beneficios y ventajas
El Seguro de Accidentes Personales Colectivo de MAPFRE garantiza la cobertura de todo riesgo accidental de los trabajadores de tu empresa. Es la fórmula ideal para asegurar tu tranquilidad y la de los empleados de tu negocio, pues ofrece un amplio abanico de ventajosas ofertas.
Las ventajas del Seguro de Accidentes Personales Colectivo de MAPFRE son:
Asegura la estabilidad económica de la empresa
Tranquilidad de sus empleados
Cubrir las garantías contratada
Capacidad de contratar una o más garantías específicas.
El asegurado podrá elegir entre siete ofertas de cobertura diferenciadas.
Acceso al Servicio de Informaciones 24 horas
Acceso al Servicio de Informaciones 24 horas, los 365 días del año, a través del teléfono 600 700 4000.
MAPFRE es el primer grupo asegurador por volumen de primas de No Vida en Latinoamérica
Condiciones generales
El Seguro de Accidentes Personales Colectivo está especialmente diseñado para aquellas empresas e instituciones que quieran protegerse a sí mismas y a sus trabajadores de posibles accidentes personales. La garantía principal es la cobertura del fallecimiento del trabajador, pero se contemplan otras garantías adicionales, como la invalidez absoluta permanente.
Para la tranquilidad de cualquier empresa, y para la de sus trabajadores, Accidentes Personales Colectivo resulta el aliado perfecto.
- El Seguro de Accidentes Personales Colectivo otorga a la empresa cliente la tranquilidad de cumplir con las necesidades de sus trabajadores en materia de accidentes personales. La principal cobertura es la prestación garantizada en caso de fallecimiento por cualquier causa relativa a las labores de empresa; pero el seguro puede ser ampliado, ya que se ofrecen siete coberturas diferenciadas a elegir según necesidades.
- El Seguro de Accidentes Personales Colectivo es el producto ideal, pues tiene absoluta flexibilidad, tanto en las variaciones de la plantilla (altas y bajas) como en las coberturas del compromiso, garantizando que dicho compromiso estará siempre actualizado.
- Existen diferentes fórmulas de garantías para los trabajadores, destacando las siguientes coberturas:
- Fallecimiento accidental: Cubre el riesgo de fallecimiento de los trabajadores de su empresa si el siniestro se produce por causas accidentales.
- Invalidez por accidente: Cubre la invalidez, en sus distintos grados, de los trabajadores si el siniestro se produce por causas accidentales.
- Asistencia sanitaria: Es posible asegurar las enfermedades profesionales en su consideración de accidentes laborales.
- Son varios los beneficios que conlleva la contratación de este producto:
- Flexible en cualquier momento: admite altas y bajas de asegurados cuando sea necesario.
- Permite la contratación de garantías que no se pueden suscribir normalmente en seguros individuales, como es el caso de la invalidez permanente total.
- Permite la contratación, en la misma póliza, de diferentes capitales para las diversas garantías y las distintas figuras laborales.
- En pólizas con más de cien asegurados, si la siniestralidad ha sido baja se reajusta la prima del año siguiente, con el ahorro consecuente.
- No se aplican recargos por fraccionar el pago de la prima en un periodo diferente al anual.
Requisitos y restricciones
Los usuarios que quieran disfrutar de las ventajas del Seguro de Accidentes Personales Colectivo deben cumplir una serie de requisitos, bien referidos a las condiciones de su empresa, bien referidos a los asegurados. Existen restricciones que impedirán la contratación de este Seguro y que las personas interesadas deben conocer.
Las empresas y personas interesadas en disfrutar de las garantías de Accidentes Personales Colectivo de MAPFRE deben cumplir con los siguientes requisitos.
- Se trata de pólizas colectivas, por lo que se debe asegurar a un conjunto de interesados.
- Está destinado a pequeñas y medianas empresas de los distintos sectores empresariales e industriales.
- Se dirige también a directivos, propietarios o gerentes de empresas con labores de dirección o de ejecución de trabajo manual, con importantes niveles de ingresos anuales.
- Las personas menores de 18 años no son asegurables, como tampoco lo son las mayores de 67 años, ni las personas legalmente incapacitadas.
- El trabajador tiene que tener contrato vigente con la empresa cuando se produzca el siniestro.
- La cobertura de la póliza se extinguirá con la rescisión de la relación laboral entre la empresa tomadora y el trabajador asegurado.
- Antes de contratarlo se exigirán Declaraciones de Salud.
- Residir en Chile: el tomador de la póliza ha de tener residencia en Chile o ser una compañía chilena.
- Para contratar una póliza colectiva deberán siempre adjuntarse los siguientes documentos:
- Solicitud de póliza de Seguro Colectivo íntegramente cumplimentada, firmada y sellada por el tomador del seguro.
- Relación de asegurados y sus correspondientes datos personales, siendo imprescindibles el nombre, el RUT y la fecha de nacimiento.
- Documentación adicional específica del producto a contratar.
- El pago de la prima es individual por cada asegurado.
- Las modificaciones económicas se emitirán al tiempo de vencimiento de la póliza (cada año).
- Respetar los plazos: Cuando se produzca un accidente o enfermedad que requiera hospitalización, éste se deberá poner en conocimiento del asegurador por escrito dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde su ocurrencia, para lo cual se deberá cumplimentar además un formulario proporcionado por el asegurador, salvo caso de fuerza mayor, en cuyo caso y previa comprobación del mismo, el plazo se entenderá prorrogado por los días en que haya durado tal impedimento.
Recomendaciones de uso
Si está pensando contratar el Seguro de Accidentes Personales Colectivo de MAPFRE, asegúrese antes de que la póliza se adapte a sus necesidades. Las garantías y coberturas de Accidentes Personales Colectivo se antojan una buena opción para aquellas empresas que desean protegerse de cualquier riesgo económico derivado de accidentes de su personal contratado.
A continuación ofrecemos una serie de recomendaciones para la elección del Seguro de Accidentes Personales Colectivo de MAPFRE:
- Porque asegura la tranquilidad de los trabajadores y sus familias las 24 horas, durante los 365 días del año.
- Porque durante las labores cotidianas de los trabajadores pueden ocurrir percances ajenos al interés del empresario, y éste puede quedar desprotegido.
- Porque puede elegir entre una o varias coberturas según sus necesidades.
- Gracias a la Atención Telefónica que proporciona MAPFRE, se puede garantizar una atención ágil y continua.
Recomendaciones para la adquisición de Accidentes Personales Colectivo de MAPFRE:
- No te guíes únicamente por el precio del seguro. Valora su finalidad y coberturas, pues cada póliza se enfoca a diferentes particularidades.
- Familiarízate con las diferentes coberturas que ofrece. Analízalas, compáralas y conoce las clausulas especiales.
- Una vez hecha la contratación, verifica la póliza y aclara posibles dudas: estamos a tu entera disposición.
Recomendaciones para el buen uso de Accidentes Personales Colectivo de MAPFRE:
- Lee y verifica que los datos que aparecen en la póliza son correctos.
- Ten siempre la documentación de la póliza en tu lugar de trabajo.
- Abona puntualmente la prima en la forma y fecha pactadas.
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